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                                    debe estampar el se%u00f1or Francisco en presencia judicial.Cada uno de los peritos despu%u00e9s de esta audiencia analiza las firmas que fueron puestas en presencia judicial en cotejo con la firma que obra en el documento base de la acci%u00f3n, uno de estos peritos se encuentra algo mucho muy importante como lo veremos ahora.Las partes hicieron preguntas, como lo marca el c%u00f3digo de procedimientos, al perito respecto del origen gr%u00e1fico, y es muy interesante; las preguntas fueron %u00fanicamente sobre el origen gr%u00e1fico y no sobre si hubo escritura legible o ilegible o una firma, cosa que en materia de grafoscop%u00eda es mucho muy importante.Lo que encontr%u00f3 este perito fue que las muestras gr%u00e1ficas conten%u00edan en cuanto a la firma una forma difusa o lo que en esta %u00e1rea se llama una firma ilegible, sin embargo, el contrato contiene el nombre del se%u00f1or Francisco Bribiesca C%u00e1zares, y es mucho muy interesante porque en las muestras gr%u00e1ficas que se hicieron en presencia judicial el se%u00f1or Francisco a petici%u00f3n del perito de parte escribi%u00f3 su nombre completo en varias ocasiones y adem%u00e1s puso su firma.Lo que es interesante en este contrato es que no est%u00e1 firmado, sin embargo, contiene la leyenda del nombre del se%u00f1or Francisco, pero no contiene la firma, que desde el punto de vista grafosc%u00f3pico es altamente relevante, porque si bien es cierto un contrato es la graficaci%u00f3n de la voluntad entre las partes, y en signo de aceptaci%u00f3n se plasma la firma con la que se sella este contrato, sin embargo, este contrato no contiene la firma del se%u00f1or Francisco, sino que contiene el nombre del se%u00f1or.Es relevante porque la voluntad es plasmada mediante un signo visible en este caso la firma, pero como lo he mencionado el contrato no contiene la firma del se%u00f1or, sino que contiene el nombre, el caso es que las partes cuestionaron al perito en cuanto al origen gr%u00e1fico y no en cuanto a afirma o nombre plasmado, por lo que en el an%u00e1lisis de este asunto tan relevante, encontramos que en efecto, si bien el se%u00f1or Francisco no plasm%u00f3 su firma en el contrato base de la acci%u00f3n, si plasm%u00f3 su nombre, con lo que despu%u00e9s de haber analizado las muestras gr%u00e1ficas en presencia judicial y el contrato base de la acci%u00f3n y todos y cada uno de los elementos de las graf%u00edas, l%u00edneas, presiones y %u00e1ngulos, encontramos que el origen gr%u00e1fico del nombre en el contrato es exactamente el mismo origen gr%u00e1fico de quien plasm%u00f3 las muestras gr%u00e1ficas en presencia judicial.Con lo que el perito lo hace visible mediante su dictamen pericial, y hac%u00eda referencia a que las l%u00edneas y graficaciones son id%u00e9nticas, lo se%u00f1ala y es presentado este dictamen al juez con lo que podemos identificar, la voluntad de las personas por medio del origen gr%u00e1fico, indistintamente si plasma o no su firma, pero como lo dicen los 2 grandes autores que hemos mencionado en la parte superior, no se puede disimular el origen gr%u00e1fico a voluntad sino que es un factor que prevalece porque este es preponderantemente involuntario al escribiente.Es por lo que en este caso el perito encontr%u00f3 que s%u00ed pertenece la escritura, es decir el origen gr%u00e1fico es id%u00e9ntico y en posici%u00f3n correlativo al origen gr%u00e1fico de las muestras escrit%u00farales en presencia judicial, por lo que este asunto jur%u00eddico da una luz para la identificaci%u00f3n de firma y escritura y evitar as%u00ed la falsificaci%u00f3n, coadyuvando a la elecci%u00f3n del fallo en una sentencia por el juzgador, esto como base que el perito es un auxiliar en la administraci%u00f3n de justicia.Conclusi%u00f3nPuedo decir que los elementos de la escritura de toda persona son personal%u00edsimos y que no es funcional que una persona pretenda firmar como otra, con la intenci%u00f3n de obtener un beneficio, sino que, lo que hace es meterse en delitos de falsificaci%u00f3n como lo menciona el art%u00edculo 243 del C%u00f3digo Penal Federal, sin embargo son instancias diversas, por otro lado y bajo la misma l%u00ednea, la falsificaci%u00f3n se hace visible por los peritos que son auxiliares de la administraci%u00f3n de justicia, y coadyuvan a la decisi%u00f3n del juzgador, asi mismo, protegiendo al que est%u00e1 en estado vulnerable, en cuanto a la acci%u00f3n judicial de alg%u00fan cargo que pretenden adjudicarle, siendo esto visible para evidenciar que uno u otro tiene raz%u00f3n en cuanto al origen gr%u00e1fico, pues es evidente que la acci%u00f3n de la voluntad es plasmada por graf%u00edas en el papel que hace las veces de testigo directo del pacto entre los 60
                                
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